2023 Reglamento Normativa embarcaciones de recreo – Nueva normativa náutica

2023 Reglamento Normativa embarcaciones de recreo – Nueva normativa náutica

Yeray Sánchez repasa, a partir del BOE, la normativa de equipamiento de embarcaciones de recreo para las zonas de navegación 5 y 6 (hasta 5 y 2 millas de un abrigo o playa): obligaciones del propietario y del patrón, chalecos salvavidas, señales de socorro, luces de navegación o linterna en embarcaciones de menos de 7 metros, líneas de fondeo y reflector de radar. Es una explicación divulgativa que conviene contrastar siempre con el texto oficial vigente.

Resumen del vídeo

Yeray Sánchez comenta la normativa de embarcaciones de recreo a partir del Boletín Oficial del Estado, dirigida a quien tiene una embarcación matriculada para navegar hasta 2 o 5 millas de la costa. Explica con ejemplos qué equipamiento exige la norma y por qué conviene cumplirla, tanto por las posibles sanciones como por seguridad y seguros.

Puntos clave

  • El propietario y el patrón son responsables de que la embarcación esté siempre en condiciones de hacerse a la mar sin peligro y de no superar el número de personas permitido.
  • Chalecos salvavidas de 100 newton: como mínimo uno por persona a bordo; los de niños y bebés, adecuados a su peso.
  • Señales de socorro: tres bengalas de mano no caducadas en zonas 5 y 6.
  • Luces de navegación o, en menos de 7 metros y solo de día, una linterna de luz blanca.
  • Líneas de fondeo según la eslora y reflector de radar, entre otros elementos del equipamiento.
  • Conviene contrastar siempre lo que dice el vídeo con el texto oficial actualizado.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos chalecos salvavidas hay que llevar?

Según lo que explica Yeray a partir de la normativa, como mínimo uno por persona a bordo (no uno por plaza de la ficha de la embarcación), de 100 newton en las zonas 5, 6 y 7, y los de niños y bebés deben ser adecuados a su peso y tamaño.

¿Qué señales de socorro hay que llevar en zonas 5 y 6?

Tres bengalas de mano no caducadas, según el vídeo.

¿Son obligatorias las luces de navegación en una embarcación de menos de 7 metros?

Según lo que explica el vídeo, si la eslora es menor de 7 metros y se navega solo de día, se puede sustituir por una linterna eléctrica de luz blanca con batería de recambio. Conviene confirmarlo siempre en la normativa vigente.

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